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Índice del artículo

Reconocimiento de filiación de padres a hijos(as) .

Se presentará:

Carné de identidad de la madre y el padre, Declaración Jurada de ambos padres ante el registrador o notario. En los casos de cubanos residentes en el exterior o extranjeros deben acreditar la escritura de reconocimiento auto-rizada por notario público y el documento expedido por la Dirección de Inmigración y Extranjería, acreditando las fechas de entrada y salida del país de dichas personas.

Formalización de matrimonio. Los contrayentes aportarán al registrador:

Carné de identidad, documento que acredite el estado conyugal, en el caso de la mujer certificado médico si no han transcurrido 300 días después de la disolución del vínculo matrimonial, Poder Especial si se tratare de apoderado, autorización de los padres en los casos de menores de edad, ante Notario o Registrador.

Horario del servicio: Lunes a Jueves de 8:00AM a 5:30 PM

 Viernes de: 8:00 a 4:30 PM

Lugar de solicitud: Direcciones Municipales de Justicia de cada territorio

Resolución No 251 de 1 de diciembre de 2015 de la Ministra de Justicia Establece para el funcionamiento y la prestación de los servicios de los Registros del Estado Civil los términos siguientes:

  1. 1. Inscripciones:
  2. a) Nacimiento hasta 2 días
  3. b) matrimonio y defunción 1 día
  4. c) notas marginales hasta 3 días
  5. 2. Notificaciones a registros y tribunales:
  6. a) Resoluciones dictadas hasta 3 días
  7. b) Notas marginales cumplidas hasta 5 días
  8. 3. Expedientes de:
  9. a) Subsanación de error, omisión o adición hasta 5 días
  10. b) Cambio, modificación, supresión de nombres o apellidos hasta 5 días
  11. c) Inscripción fuera de término hasta 5 días
  12. d) Inscripción de matrimonio religioso hasta 5 días
  13. e) Reconstrucción o reinscripción de asientos hasta 5 días
  14. 4. Formalización de matrimonio: hasta 5 días o según acuerdo de las partes
  15. 5. Otros actos:
  16. a) Denegación del reconocimiento de filiación hasta 2 días
  17. b) Denegación del nombre en el modelo de solicitud de inscripción de hasta 2 días
  18. c) Denegación de solicitud de inscripciones hasta 2 días
  19. d) Tomar declaraciones hasta 2 días
  20. 6. Expedición de certificaciones del Registro del Estado Civil:
  21. a) Si el asiento es del propio registro y está en el SIREC hasta 2 días
  22. b) Si el asiento es del propio registro hasta 5 días
  23. c) Si el asiento es de otro registro de la provincia o fuera de esta y tiene conexión hasta 7 días Si el asiento es de otro registro de la provincia o fuera de esta y no tiene conexión hasta 15 días

Los términos establecidos en la presente se cuentan en días