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Información sobre servicios Courrier

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Sobre el servicio Courier que presta la Empresa de Mensajería y Cambio Internacional (EMCI) a través de las Empresas de Correos de Cuba.

La Empresa de Mensajería y Cambio Internacional (EMCI), es una empresa estatal integrada al Grupo Empresarial Correos de Cuba, que brinda servicios de intercambio de mensajería y paquetería con las entidades de Correos de 192 países, en moneda libremente convertible (servicio postal universal).

Este servicio se brinda al pueblo cubano a través de las Empresas de Correos de Cuba, a precios subsidiados por el Grupo Empresarial Correos de Cuba y establecidos en moneda nacional (CUP) por el Ministerio de Finanzas y Precios en virtud del Decreto 300/2012 y las Resoluciones 38/2013 y 85/2016, ambas del Ministerio de Finanzas y Precios, los que no se han modificado.

Adicionalmente a este servicio, la empresa presta otros, entre ellos, la paquetería proveniente de Courier privados radicados en el extranjero, que envían cargas con destino a personas naturales en la República de Cuba.

Este servicio se venía prestando al Courier utilizando la red de Correos de Cuba con las mismas tarifas subsidiadas del servicio postal universal, ocasionando pérdidas a las empresas, razón por la que desde el mes de abril de 2018 se inició un proceso para establecer las tarifas a aplicar por estos servicios al Courier extranjero, materializándose a través de las Resoluciones 68/2018, 100/2018, 228/2018 y 40/2019, de quien suscribe.

El Decreto 335 “Del sistema empresarial estatal cubano”, en su artículo 12, apartado 4, establece que la empresa “no puede subordinarse a otra empresa ni tener pérdidas”, por tanto, no podía continuar prestando un servicio que ocasionaba pérdidas.

Teniendo en cuenta lo anterior y en correspondencia con las normativas vigentes sobre el tema: Decreto 300, Resoluciones 38/2013 y 85/2016 del Ministerio de Finanzas y Precios y la Resolución 16/2017 del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (MINCEX), la empresa aprobó tarifas por concepto de exportación de servicios al Courier en moneda libremente convertible (USD) y en moneda nacional (CUP).

El precio acordado con el Courier prevé un primer pago en moneda libremente convertible al recibir nuestra empresa la carga, y un segundo pago en moneda nacional (CUP) contra la entrega de la misma, por su destinatario. En caso de no poder ser entregada la carga, por cualquier razón, incluyendo que el destinatario no abone la cantidad pactada, el Courier abonará el segundo pago en moneda libremente convertible, a la tasa de cambio establecida por el Banco Central de Cuba y la carga sería entregada a la Aduana en calidad de abandono, según procedimientos establecidos.

La Empresa de Mensajería y Cambio Internacional (EMCI), comenzó a aplicar directamente estos cobros al destinatario en el mes de abril de 2019 y por problemas vinculados a la contratación nacional y adecuación del sistema informático, a finales del mes de junio a través de las Empresas de Correos de Cuba.

Esta información y el precio del servicio fue negociado a comienzos de año con cada una de las empresas extranjeras (Courier) con las que la Empresa de Mensajería y Cambio Internacional mantiene relaciones contractuales de este tipo, siendo aceptadas y con la obligación de notificarlas a sus clientes.

En correspondencia con lo anterior, puedo asegurarle que las tarifas a la población relacionadas con el servicio postal universal permanecen sin incremento, por lo que todo pequeño paquete o encomienda que se imponga en un correo en el extranjero, será entregado por las empresas de Correos de Cuba, en la oficina de correos más cercana a la dirección del destinatario, debiendo pagar el mismo, 1.30 CUP por cada uno, sin importar su peso ni la zona geográfica donde se entregue.

El resto de los envíos o cargas que no se hayan enviado a través de una oficina de correos en el extranjero y cuyo valor no exceda de los 200 pesos (excepto medios de transporte de propulsión eléctrica), y el Courier haya establecido relaciones contractuales con la Empresa de Mensajería y Cambio Internacional (EMCI), son declarados ante la Aduana y entregados directamente por la EMCI o a través de las empresas de Correos de Cuba, en las oficinas dispuestas a tal efecto o en la dirección del destinatario, si las condiciones lo permiten y es aceptado por éste.

Para este servicio se pactó un pago de 45.00 CUP por cada envío de hasta 10 kilogramos de peso y 1.00 CUP por cada kilogramo adicional a estos 10 kilogramos, con el compromiso de entrega en una oficina de correos cercana a la dirección del destinatario y no en la más cercana, ya que la más cercana puede no reunir los requisitos físicos que impidan que se mezclen los servicios y se ocasione un cobro indebido.

Opcionalmente y siempre que las condiciones lo permitan, la EMCI o las empresas de Correos de Cuba, propondrán al destinatario la entrega en su domicilio con un cargo adicional a la tarifa anterior, de 5.00 CUP por cada envío de hasta 10 kilogramos de peso y 1.00 CUP por cada kilogramo adicional a estos 10 kilogramos, o sea, 50 CUP por cada envío de hasta 10 kilogramos de peso y 2.00 CUP por cada kilogramo adicional a estos 10 kilogramos.

BENEFICIOS DE ESTE SERVICIO:

  1. El destinatario no tiene que trasladarse a La Habana a presentar la declaración de mercancías ante la Aduana, evitando incurrir en gastos de transportación, hospedaje y pérdida de tiempo.

  2. Se le traslada la mercancía hasta un lugar cercano a la dirección del destinatario, evitando incurrir en gastos por transportación de la carga.

  3. El monto que paga el destinatario en Cuba, comparado con los que pagan a través de otras empresas que brindan servicios similares o de transportación de cargas, es el más bajo del mercado.

  4. Cuentan con la posibilidad de la entrega en domicilio por un bajo precio.

Ejemplo 1: Por la entrega de un paquete de 1,5 kilogramos de peso en una oficina de Correos de Cuba en el municipio Manzanillo, Holguín o en Placetas, Villa Clara, el destinatario debe abonar la suma de 45.00 CUP más 10.00 CUP establecidos por la Aduana General de la República.

Ejemplo 2: Por la entrega de un paquete de 25 kilogramos de peso (cocina de gas) en una oficina de Correos de Cuba en el municipio Manzanillo, Holguín o en Marianao, La Habana, el destinatario debe abonar la suma de 60.00 CUP más 10.00 CUP establecidos por la Aduana General de la República y el arancel aduanal en CUC que corresponda.

Ejemplo 3: Por la entrega de un paquete de 40 kilogramos de peso (un Split de 12000BTU) en una oficina de Correos de Cuba en el municipio Manzanillo, Holguín o en Guantánamo, el destinatario debe abonar la suma de 75.00 CUP más los 10.00 CUP establecidos por la Aduana General de la República y el arancel aduanal en CUC que corresponda.

Como se puede apreciar en estos ejemplos, el destinatario paga una cantidad razonablemente baja por un servicio que le reporta ahorros considerables, evitando trámites aduanales y acercándole su carga a la dirección de destino.

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